BECAS DE ESTÍMULO A LAS VOCACIONES CIENTÍFICAS
ADMISIBILIDAD
En cumplimiento del Artículo 9 del Reglamento del Programa de Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas (Anexo del Acta Plenaria Nº 899/14) se procede a comunicar el listado de las postulaciones no admisibles.
Los interesados cuyas postulaciones hayan sido consideradas no admisibles dispondrán de 5 (cinco) días hábiles, a partir de la presente publicación, para presentar pedidos de reconsideración. Una vez transcurrido el plazo, no se admitirán nuevos pedidos de reconsideración por este motivo.
Dichos pedidos deberán presentarse en la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad en el horario de 9 a 14hs.
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Para realizar consultas puede comunicarse telefónicamente al (0221) 644-7006 o por mail a cytunlp@presi.unlp.edu.ar
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